Seguridad y justicia en tu entorno laboral
Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales: defendemos tus derechos
Tu salud y tu futuro merecen protección
¿Sufriste un accidente laboral o enfermedad por tu trabajo? La ley está de tu lado
Justicia laboral en todo México
Indemnizaciones por accidentes y enfermedades de trabajo: exigimos lo que te corresponde
¿Tuviste un accidente en el trabajo o desarrollaste una enfermedad por tus actividades laborales?
En México, estos casos se reconocen como riesgos de trabajo, y la ley te protege para recibir atención médica, pago de incapacidades e indemnizaciones en caso de incapacidad parcial, total o fallecimiento.
Sabemos que en estas situaciones surgen muchas dudas: ¿cómo demostrarlo?, ¿dónde denunciar?, ¿qué medidas puedo exigir?
Por eso preparamos esta guía práctica, donde te explicamos paso a paso cómo se defiende tu caso, qué plazos marca la ley y qué resultados puedes esperar.
¿Dónde y cómo se defiende tu caso?
Accidentes y Enfermedades de Trabajo
Se considera riesgo de trabajo todo accidente laboral (evento repentino) o enfermedad profesional (resultado de exposición prolongada).
El IMSS reconoce ambos y emite dictamen para otorgar prestaciones y beneficios.
La negligencia patronal en seguridad e higiene puede generar responsabilidad directa e indemnizaciones adicionales.
El trabajador debe recibir atención inmediata en el IMSS o servicio médico correspondiente.
El patrón debe llenar y presentar el formato ST-7 (Accidente) o ST-9 (Enfermedad de Trabajo) en un plazo máximo de 24 horas.
Se documentan circunstancias, condiciones laborales y posibles omisiones en medidas de seguridad.
Acceso a atención médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria gratuita.
Pago del 100% del salario integrado durante incapacidad temporal.
Reconocimiento de pensión por incapacidad parcial, total o a favor de beneficiarios en caso de fallecimiento.
Si se demuestra negligencia en seguridad e higiene, el patrón puede ser responsable de indemnizaciones.
Se contemplan indemnizaciones por incapacidad parcial permanente, incapacidad total o muerte del trabajador.
Se pueden reclamar daños y perjuicios adicionales por incumplimiento a normas de seguridad laboral.
En riesgos de trabajo no es necesario acudir al Centro de Conciliación.
Se puede acudir directamente al Tribunal Laboral para reclamar indemnización, pensión o salarios caídos.
Se admiten pruebas periciales médicas y de seguridad e higiene laboral
El Tribunal dicta sentencia sobre la responsabilidad patronal y el monto de la indemnización.
El IMSS mantiene la cobertura médica y pensiones conforme al dictamen.
En caso de fallecimiento, los dependientes económicos acceden a pensión vitalicia o indemnización global.
Atención médica y reporte: inmediata, dentro de las primeras 24 horas.
Dictamen del IMSS: de 15 a 60 días, según la complejidad del caso.
Juicio laboral (si aplica): de 8 a 14 meses; en casos con peritajes complejos puede extenderse hasta 18–24 meses.
Honorarios variables según el tipo de reclamación (incapacidad parcial, total o fallecimiento).
Esquemas posibles: honorario fijo, pago por etapas o porcentaje sobre la indemnización obtenida.
Gastos adicionales: dictámenes médicos, peritajes de seguridad e higiene y copias certificadas.
La acción para reclamar indemnización por riesgos de trabajo prescribe en 2 años (art. 516 LFT).
Los subsidios por incapacidad temporal prescriben en 1 año.
La responsabilidad por negligencia en seguridad e higiene puede reclamarse mientras dure la relación laboral y hasta 2 años después de su terminación.
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